Veamos algunos cambios que pretenden hacerse en la regulación de los espectáculos de toros.
.- Creación de un registro de presidentes
.- Ampliación de los plazos para recibir la autorización de un espectáculo de diez a quince días.
.- Incremento del peso máximo de los novillos con picadores de 420 a 450 kilos en plazas de tercera y cuarta categoría.
.- Devolución de las entradas si no se han estoqueado un mínimo de dos toros y un plazo de cuatro días para la devolución de entradas desde que se anuncia una sustitución.
.- Se mantiene la regulación del toreo cómico.
.- Se incluyen los tentaderos públicos como nueva clase de espectáculos.
.- Se tipifican los espectáculos de recortes y de forcados.
.- En las novilladas de promoción con picadores se flexibilizarían los requisitos exigidos para el fomento de nuevos novilleros.
.- Anchura mínima de 1,5 metros en los callejones.
.- Almacén para los utensilios (por ejemplo, puyas y banderillas).
.- Se obligará a las plazas de 1ª y 2ª categoría a tener un mínimo de tres corrales.
.- Más seguridad de las enfermerías y equipos médicos, teniendo que habilitar un local para estas labores en las plazas portátiles.
.- El registro de presidentes servirá para regular el papel de la Presidencia.
.- El número de veterinarios obligatorios para cada festejo se establecerá en un profesional cuando no se dé muerte a la res y fijándose en un único reconocimiento necesario en los festejos que se celebren en plazas portátiles o fijas sin corrales.
.- Mejora de las técnicas de análisis post mortem.
.- Se clarificará el turno de quites en función de los puyazos que reciba la res.
.- El sorteo de las reses no será obligatorio en tardes señaladas como «festivales, corridas concurso o desafíos, alternativas, manos a mano y espectáculos en los que participen seis toreros. Esta situación deberá anunciarse previamente en el cartel del festejo.
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